Linea Oeste

Se aprobó la prórroga de la Emergencia Territorial Indígena

29/09/2017
Se aprobó la prórroga  de la Emergencia Territorial Indígena

El 28 de setiembre se aprobó en el Senado de la Nación, por unanimidad,  la prórroga  de la emergencia territorial indígena. Se trata de una  media sanción, ya que  la prórroga será efectiva si es ratificada en la Cámara de Diputados, el 4 de octubre.

Acompañaron el acampe de las comunidades indígenas,   que duró varios días,  distintas organizaciones políticas, sociales, de derechos humanos, sindicales, piqueteras, entre otras.

El senador Fernando Pino Solanas, sostuvo que la ley era un impertivo; “son 23 años de postergaciones, porque cuando se llega a un acuerdo para introducir en la Constitución Nacional la batería de derechos indígenas, se hizo en nombre de una reparación histórica. ¿Reparar qué? Reparar una historia de injusticias, de despojos”.

 

Despertó muchos comentarios la intervención de el jefe de la bancada peronista, el senador Miguel Picheto, quien dijo : “en mi provincia hay un grupo de Mapuches, identificado con violencia extrema, y con no reconocimiento al territorio nacional ni a la nacionalidad y tampoco a la ley ni a a la Justicia argentina. Entonces yo quiero decir acá, y esto lo digo de manera personal, no expresando al bloque: para mi no hay tierra sagrada en la Argentina. No puede haber ningún espacio de tierra en territorio argentino, que no este bajo la jurisdicción de las autoridades, de la Justicia y de las fuerzas de seguridad argentina, si es que tienen que ingresar con orden judicial. Quiero clarificarlo este tema porque hace a una mirada de soberanía”.  Finalmente, y más allá de los debates, fue aprobada por unanimidad la prórroga de la ley por cuatro años..

Promulgada en 2006, la ley 26.160 establece la emergencia territorial indígena. Prohíbe los desalojos de comunidades en reivindicación territorial y determina que debe hacerse un relevamiento técnico, jurídico y catastral en las tierras ocupadas por las comunidades. El texto de la ley dice en su art. Primero : “Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 años.

Durante los 3 primeros años, contados a partir de la vigencia de esta ley, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas deberá realizar el relevamiento técnico —jurídico— catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas y promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes Provinciales, Universidades Nacionales, Entidades Nacionales, Provinciales y Municipales, Organizaciones Indígenas y Organizaciones no Gubernamentales”.

Por lo tanto de no haberse prorrogado la ley hubiera puesto a las comunidades indígenas en una situación peor que la que enfrentan hoy en día, situación que la desaparición de Santiago Maldonado puso sobre el tapete.  

Redacción Línea Oeste


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