Linea Oeste

Liniers y Mataderos, entre los barrios más afectados por los cortes de luz

03/03/2019
Liniers y Mataderos, entre los barrios más afectados por los cortes de luz

De acuerdo a lo informado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), los barrios que registraron la mayor cantidad de usuarios sin servicio de energía eléctrica durante la ola de calor de la semana pasada fueron Liniers, Mataderos, Flores, Villa Crespo y Balvanera. A raíz de los cortes de luz, se multiplicaron en la Ciudad y el Conurbano las protestas de vecinos, entre ellas la que tuvo lugar en el barrio porteño de Mataderos el pasado 23 de febrero, más exactamente en la esquina de Av. Eva Perón y José León Suárez, como puede observarse en la imagen que acompaña a la presente nota.

Cabe recordar que, como consta en el Boletín oficial del 14 de febrero del corriente año, el ENRE exigió a las empresas suministradoras de electricidad Edenor y Edesur que indemnicen a los vecinos afectados por la falta de energía eléctrica. La disposición, llevada a cabo mediante las Resoluciones 39/2019 y 40/2019, insta a ambas compañías a evaluar la evolución diaria de la cantidad de damnificados por los reiterados cortes de suministro eléctrico, estableciendo que, en el caso de Edenor, la empresa deberá realizar el cálculo del monto de la indemnización del siguiente modo: $832,71 para aquellos usuarios que hayan sido afectados por cortes que se hayan prolongado entre 19 a 24 hs. seguidas; $1.387,85 entre 24 y 48 hs. ininterrumpidas; y $1.942,99 en aquellas interrupciones del servicio que hayan superado las 48 horas seguidos. Edesur, por su parte, debe calcular el resarcimiento de la manera que sigue: $831,63 (19 a 24 hs.); $1.386,05 (24 a 48 hs.); y $1.940,47 (48 hs. o más).

De acuerdo a lo manifestado por el ENRE, "en ambos casos, el monto del resarcimiento total para cada usuario resultará de la suma de los resarcimientos que le correspondan por cada interrupción que lo haya afectado y cuya duración resulte comprendida en alguno de los rangos mencionados". Además, el ente regulador notificó a ambas empresas que cuentan con 20 días hábiles administrativos para acreditar las sumas correspondientes a las indemnizaciones en las respectivas cuentas de los usuarios damnificados, agregando que "las distribuidoras deberán reconocerlo en la primera factura que emitan con posterioridad al plazo transcurrido: deberán hacerlo como crédito, en forma desagregada y con mención expresa de la Resolución que les corresponde".

En aquellos casos en los que el crédito exceda el importe total de las facturas, las compañías prestatarias se encuentran obligadas a consignar el saldo restante en la misma factura en la que conste la acreditación del resarcimiento. Asimismo, si el crédito llegara a superar el monto final de la factura siguiente, el saldo remanente deberá constar en las subsiguientes facturas hasta que el crédito y el débito se compensen mutuamente.

 

Redacción Línea Oeste


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